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Maneja las Obligaciones Patronales en nivel experto

Comúnmente el área de trabajo y el equipo de trabajo llegan a ser el ambiente en el que pasamos gran cantidad de tiempo por lo que dentro de este usualmente buscamos crear un ambiente armonioso dentro de las organizaciones, tanto en la relación entre los trabajadores y directores, encargados de área o patrones, como en sus instalaciones, logrando alcanzar un desempeño diario productivo.

Por esto decidimos escribir un artículo sobre 5 de las Obligaciones más importantes Patronales según el Art. 132 de la Ley Federal del Trabajo.

Dentro de nuestra legislación laboral existen una gama de disposiciones aplicables al empresario del comercio, los servicios y el turismo, así como a todos aquellos que contraten personal el cual preste sus servicios a un patrón.

La Ley Federal del Trabajo es una de disposiciones legales que regulan relaciones entre el obrero y el patrón en México. En esta se especifica los derechos y obligaciones en el papel de los trabajadores, lo mismo respecto a lo que a el jefe le toca hacer.

En esta Ley se protegen las garantías individuales del hombre y se deja muy claro que no se pueden establecer distinciones entre los trabajadores por motivos de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social.

Ahora que ya clarificamos sobre que trata la Ley Federal del Trabajador te invitamos a continuar con la lectura para que aplicando estas te vuelvas un verdadero experto.

Obligaciones

II. Pagar salarios e indemnizaciones conforme a lo pactado

Las prestaciones laborales mínimas que deben gozar los empleados; ya sea por parte de la empresa o por alguna empresa de maquila de nómina que la misma haya contratado, sin posibilidad de verse afectadas.

El salario es la retribución económica que debe pagar el patrón al trabajador por sus servicios, el cual se maneja por pagos hechos por cuota diaria, como gratificaciones, percepciones y cualquiera cantidad que otorgue al trabajador, a cambio de su labor. Percibido en función de trabajo realizado: a mayor número de horas de trabajo, debe corresponder mayor salario. Ya sea semanal/quincenal/mensual, despensa, vales, bonos, prima vacacional, aguinaldo, etc., prestaciones adicionales.

también se exigen los pagos de las obligaciones fiscales, por lo que es esencial conocer los impuestos que gravan los salarios.

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Prestaciones de ley según la LFT:

Vacaciones

Se encuentra fundamentado en el artículo 76 de la LFT y dice que los empleados que cumplan un año de servicios tienen derecho a disfrutar de un periodo de vacaciones, por ley se señala que son mínimo 6 días para el primer año de servicios, y este se incrementa 2 días por año hasta llegar al quinto año en donde ya solo incrementara cada cinco años.

Prima Vacacional

Derecho a una prima vacacional no menor del 25% sobre el salario que le corresponde por las vacaciones, este importe puede ser superior si así se señala en el contrato de trabajo respaldado por LFT en el artículo 80.

Aguinaldo

Según art. 87 LFT y corresponde a quince días de salario por lo menos y debe pagarse antes del día 20 del mes de diciembre. Las personas que han cumplido menos del año de servicio tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional conforme al tiempo que hubiesen trabajado.

Seguridad Social

La Seguridad Social se refiere al bienestar de las y los ciudadanos, integrantes de una comunidad.

La Organización Internacional de Trabajo la define como protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos.

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Seguridad, Salud y Medio Ambiente

 

La Seguridad y Salud en el Trabajo son de las actividades más importantes en toda área de trabajo, si realmente existe interés de los patrones, en seguir debidamente acuerdos ante la ley.

Podemos definir la Seguridad y Salud en el Trabajo como aquellos aspectos relacionados con la prevención de Accidentes y Enfermedades de Trabajo.

Todo centro de trabajo mexicano tiene por obligación cumplir con las normativas oficiales vigentes, en temas de seguridad y salud en el trabajo.

Legislaciones vigentes según:

  • La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
  • Ley Federal del Trabajo
  • Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo
  • Secretaría del Trabajo y Previsión Social, STPS.
  • Secretaría de Salud
  • Secretaría de Gobernación
  • Instituto Mexicano del Seguro Social, IMSS.
  • Entre otras legislaciones.

Capacitación de Trabajadores

La capacitación es indispensable para prosperar, nos mantiene actualizados y promueve ideas nuevas para mejorar la productividad de nuestra empresa.

Los patrones tienen la obligación de proporcionar a los trabajadores y ellos a recibir capacitación o adiestramiento en su trabajo, permitiéndole elevar su nivel de vida, competencia laboral y productividad, conforme a programas acordados comúnmente. La capacitación podrá ser proporcionada dentro o fuera de la empresa, impartida por personal propio, instructores especiales para cada rama o tema, organismos especializados, entre otras.

El objetivo de esto es actualizar y perfeccionar conocimientos, habilidades del trabajador para que este sea aplicado en sus actividades diarias, más eficientes y lograr una mayor productividad eliminando errores y riesgos en el desempeño de sus actividades.

Los planes y programas de capacitación, deben ser registrados ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con la finalidad de dejar constancia de la impartición de los cursos implementados, cubriendo con esto la obligación, según sea el caso, dicha autoridad registrará y sellará las formas para tener el control de la capacitación que les fue dada a los trabajadores por la empresa.

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Es importante incluir en el contrato del empleado una cláusula de la obligación de proporcionar por parte del patrón, capacitación y adiestramiento acorde a planes y programas que previamente planificados y se encuentren registrados ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

En caso de que el patrón no proporcione las capacitaciones a los empleados, existen sanciones que la autoridad gubernamental laboral impone, que van de los 250 a 5000 veces el salario mínimo general diario.

Ahora que ya sabemos más sobre el tema debemos recordar que para otorgar prestaciones las empresas deben considerar a todos sus colaboradores en conjunto.

Que las prestaciones mínimas son de carácter obligatorio mientras que las adicionales son a elección del patrón y por acuerdo entre las dos partes. Siempre considera los principios del derecho laboral en tu empresa ya que es aplicable para todos los trabajadores que realicen cualquier actividad dentro de ella, ya sean trabajos similares o estén en circunstancias parecidas.

Si te gustaría conocer más acerca de la nómina te invitamos a que descargues de manera gratuita nuestra "Guía de Riesgo de Nómina".

 

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